300.000 €sin IVA
Cierra 4 nov
Rebaja habitual 0,6 %
Según el artículo 159.6.b de la ley LCSP “Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional”.
Según el artículo 159.6.b de la ley LCSP “Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional”.
Además, como en cualquier contrato público: capacidad de obrar, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no estar en prohibición de contratar.
Calculado con adjudicaciones reales de contratos parecidos (CPV 50410… en Madrid). En el 95,5 % de los casos se presentó una sola empresa.
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