162.239 €sin IVA
Cierra 9 nov
Rebaja habitual 0,0 %
En este procedimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6.b) de la LCSP, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica,.
En este procedimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6.b) de la LCSP, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia técnica o profesional.
Además, como en cualquier contrato público: capacidad de obrar, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no estar en prohibición de contratar.
Calculado con adjudicaciones reales de contratos parecidos (CPV 79341… en toda España). En el 36 % de los casos se presentó una sola empresa.
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