57.918 €sin IVA
Cierra 4 nov
Rebaja habitual 0,0 %
Se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador, referido al mejor ejercicio de los tres últimos concluidos, conforme al artículo 87.3.a) de la LCSP.
Se acreditará conforme a los medios legalmente aplicables a la naturaleza del contrato, de acuerdo con los artículos 90, 91 y 92 de la LCSP, sin establecer requisitos adicionales distintos de los previstos legalmente.
Además, como en cualquier contrato público: capacidad de obrar, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no estar en prohibición de contratar.
Calculado con adjudicaciones reales de contratos parecidos (CPV 553… en Jaén). En el 87,5 % de los casos se presentó una sola empresa.
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