6.198 €sin IVA
Cierra 16 nov
Rebaja habitual 0,0 %
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será la suscripción de un seguro de indemnización por riesgos derivados de la actividad por importe mínimo de cien mil euros (100.000,00.-€).
La solvencia técnica se acreditará mediante presentación de la relación de aprovechamientos similares gestionados/adjudicados en el curso de los últimos tres años.
Además, como en cualquier contrato público: capacidad de obrar, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no estar en prohibición de contratar.
Calculado con adjudicaciones reales de contratos parecidos (CPV 77600… en toda España). En el 100 % de los casos se presentó una sola empresa.
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